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Preguntas Frecuentes

La visa es la autorización concedida a un extranjero para el ingreso al territorio nacional otorgada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

La permanencia es el tiempo durante el cual el extranjero podrá estar en el territorio nacional.

La vigencia será el tiempo comprendido entre la fecha de otorgamiento y la fecha de finalización indicada en la etiqueta de la visa.

La solicitud de visa deberá cumplir con los requisitos que establezca el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante resolución. Cualquier inexactitud en los datos contenidos en la solicitud de la visa será causal de inadmisión, negación o cancelación de esta. La solicitud de visa podrá hacerse por medios electrónicos, personalmente o mediante apoderado. Los tipos de visas que tiene el ministerio de Migración Colombia son: La visa de migrante “M”, La visa de visitante “V” y la visa de residente “R”.

Deben registrar la Visa tanto los titulares como los beneficiarios de Visa, cuya vigencia sea superior a tres (3) meses. Deberán inscribirse en el Registro de Extranjeros de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia dentro del plazo de quince (15) días calendario siguientes, contados a partir de su ingreso al país o de la fecha de expedición de la visa, si ésta se obtuvo dentro del territorio nacional.

Si la Visa fue expedida fuera de Colombia, los titulares deben registrarla dentro de los quince (15) días siguientes después de haber ingresado al país.

Si la Visa fue expedida en Colombia, los titulares deben registrarla dentro de los quince (15) días siguientes, contados a partir de su expedición.

Debe presentarse en cualquiera de los Centros Facilitadores de Servicios Migratorios a nivel nacional y manifestar su incumplimiento.



Tendrán que cancelar una sanción económica que puede oscilar entre medio y siete (7) salarios mínimos legales mensuales vigentes (smlmv), según el caso.